Tucumán 1500 | VBI0028

FICHA

  • Producto Oficina
  • Operación Alquiler
  • Barrio Tribunales
  • Despachos 1
  • Estado Muy Bueno
  • Orientación Noroeste
  • Disposición Frente
  • Sup. Total 28,44 m2
  • Sup. Propia 28,44 m2
  • Expensas 150000

$ 350.000

ALQUILER

Tucumán 1500

Tribunales

VENTA/ ALQUILER Oficina reciclada de 28,44 m² | Tucumán 1506, Piso 2 | Tribunales Excelente oficina uso exclusivo comercial (no apto como vivienda) ubicada en un edificio de buena categoría, en pleno Trbunales. La unidad cuenta con 28,44 m², desarrollados en una planta libre recientemente reciclada, con excelente luminosidad natural y una distribución versátil que se adapta a distintos tipos de actividades profesionales. Ideal para estudios jurídicos, contables, escribanías, consultoras, empresas de servicios, arquitectura, diseño o profesionales independientes. Edificio cuenta con portería de 7 a 20. Características 28,44 m² Planta libre Muy luminosa Pisos vinílicos simil madera nuevos Aire acondicionado Hall de ingreso 2 ascensores Baños compartidos en el mismo piso Excelente estado Lista para ocupar Ubicación privilegiada Sobre Tucumán 1506, entre Paraná y Montevideo, a metros de Av. Callao, Av. Corrientes, Tribunales y del centro financiero de la Ciudad. Excelente conectividad mediante Subtes B, C y D, numerosas líneas de colectivo y cercanía a organismos públicos. Comercializa Ernesto Marcos Spolski [CMCPSI 6855; CUCICBA 8218] Domicilios: - Blvd. del Mirador 430, Terrazas de la Bahía 2, Depto. 201, Nordelta. - Av. del Libertador 5822 piso 1 of. 105 Belgrano- CABA - Argentina Nota: las imágenes publicadas han sido editadas mediante herramientas de inteligencia artificial, con fines ilustrativos, comerciales y de protección a la privacidad. Su utilización es meramente orientativa y no reviste carácter contractual. . Comercializa Ernesto Marcos Spolski [CMCPSI 6855; CUCICBA 8218] Domicilios: - Blvd. del Mirador 430, Terrazas de la Bahía 2, Depto. 301, Nordelta. - Av Libertador 5822 primer piso oficina 105 CABA Las medidas, superficies y demás especificaciones consignadas en el presente aviso tienen carácter meramente estimativo y orientativo. Los valores definitivos surgirán de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio. Asimismo, las descripciones arquitectónicas, montos de expensas, tributos, servicios, imágenes y dimensiones de los inmuebles han sido suministrados por la parte propietaria, pudiendo no encontrarse actualizados al momento de la presente publicación, motivo por el cual podrían verificarse inexactitudes o divergencias respecto de los que resulten de las facturas, títulos o planos registrados del inmueble hasta el momento. Se deja expresamente establecido que la documentación necesaria será puesta a disposición de los interesados, quienes deberán efectuar las verificaciones pertinentes con anterioridad a la celebración de cualquier operación, ya sea por sí o a través de los profesionales que designen, requiriendo la documentación respaldatoria que corresponda.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Aire Acondicionado: 1
Ascensor: 2
Cantidad Pisos: 9
Dormitorio: 1
Entrada: si
Expensas: 150000

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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